Restriccion Vehicular Sanitaria |
Restricción Vehicular Sanitariapor Placas en Costa Rica |
Restricción Vehicular Sanitaria Cuáles números de placas que pueden circular cada día. Restricción de Vehículos por Placa. |
Consulta el número de placa para saber si puede circular.
Hoy puede circular. Fecha : |
Termina restricción vehicular y sanitaria nocturna a partir del 7 marzo 2022. Esta restricción sanitaria dejó 2.242 millones recaudados en 56.357 multas, de las cuales 13.072 fueron impugnadas, durante un período de 23 meses. |
Restricción diurna ya no aplica durante la semana ni los fines de semana a partir del 1 de noviembre 2021. El horario nocturno es de las 11 pm a las 5 am. |
Restricción por placa. NO circulan L01 M23 M45 J67 V89 S-Par D-Impar 5 am a 11 pm. |
Horario de la restricción vehicular sanitaria nocturna de 11 pm hasta las 5 am. Durante el horario restringido no puede circula ningún vehiculo salvo excepciones autorizadas. |
Restricción para días entre semana. NO circulan.
Lunes (1 y 2), Martes (3 y 4), Miercoles (5 y 6), Jueves (7 y 8), Viernes (9 y 0) |
Las fechas y horarios de estas restricciones cambian frecuentemente de acuerdo a los cambios en las medidas sanitarias decretadas por el gobierno y ministerio de salud. |
Restricción para los fines de semana alternan los días sábado y domingo, por número par e impar de acuerdo al calendario. |
Restricción vehicular sanitaria los fines de semana.
NO pueden circular las placas de acuerdo a su terminacion - El Sábado : impares (1,3,5,7,9). Domingo : pares (0,2,4,6,8) - Alternan pares e impares por fecha y cambia de acuerdo a las medidas. |
Cuáles días puedo circular ?
La restricción vehicular sanitaria limita el tránsito según el día y último dígito del número de placa. NO circula significa que ningún vehículo que termine con ese dígito final en el número de placa no puede circular, salvo las excepciones autorizadas. No aplica al transporte público ni transporte especial. Solo pueden circular las excepciones autorizadas. Fin de semana por placas pares e impares. |
Cuánto es la multa ? Es de 107 mil colones. Las multas por incumplir esta restricción vehicular sanitaria se aumentan. Se retiraron de placas del vehículo, y el conductor pierde 6 puntos de la licencia durante varios meses. Sin embargo se aprobó una nueva ley que mantiene el monto de la multa, pero elimina las saciones de retiro de placas y puntos en la licencia.
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Cuál es el horario de la restricción sanitaria ?
La restricción vehicular sanitaria diurna aplica de 5 am hasta las 11 pm. No circulan algunas placas de acuerdo a su número. Las horas de restricción vehicular sanitaria nocturna van de las 11 pm hasta las 5 am. No debe circular ningun vehículo. Solo se permiten excepciones autorizadas. |
Qué es la restricción vehicular sanitaria ?
Es una medida extraordinaria limitar la circulación los vehículos y personas durante la pandemia del coronavirus COVID-19.
Los autos o motos solo pueden circular algunos días de acuerdo al último número de la placa.
Es una restricción sanitaria para evitar los contagios y el aumento rápido de casos de covid.
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Teléfono 1322 para consultas sobre el coronavirus COVID-19.
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Quiénes sí pueden circular ? Cuáles son las exepciones ? Si se puede salir solo por asuntos urgentes de alimentación y acceso a servicios básicos como compra de comida en supermercados y medicamentos en farmacias o traslados a centros de salud.
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Los taxis SI están autorizados a circular sin ninguna restricción.
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Agosto entre semana no se puede circular de acuerdo a la placa y NO circulan Sábado 7 (impares) y Domingo 8 (pares). |
Se amplia el horario de la restricción hasta las 10 pm a partir del 9 hasta el 31 de agosto 2021.
Las playas permanecen abiertas hasta 8 pm. Restricción para Julio entre semana y NO circulan Sábado 17 y 31 (pares) y Domingo 1 y 18 (impares). Sábado 24 (impares) y Domingo 25 (pares). |
Junio 2021. Solo circulan placas impares los días 19, 21, 23, 25, 27, 29 y las pares los días 20, 22, 24, 26, 28, 30 de junio. Horario de 5 am a 9 pm. |
Junio 2021. Para el fin de semana. Sábado 26 de junio circulan las placas pares y el domingo 27 pueden circular las impares. |
Abril 2021. A partir del 27 abril al 16 mayo 2021. Del 3 al 9 de mayo 2021 restricción entre semana solo región central de San José, Alajuela, Heredia, Cartago. |
En marzo la restricción vehicular solamente es nocturna de 11 pm a 5 am todos los días en todo el país. |
Restricción Vehicular Solo aplica restricción por placas en centro de San José en circunvalación. A partir del 8 de febrero entre semana se elimina la restricción. A partir de marzo no tampoco aplica para fines de semana y se amplia horario nocturno hasta las 11 pm. |
Febrero 2021 entre semana aplica y NO pueden circular Sábado impares, domingo pares. El horario se amplia hasta 10 pm todos los días. |
Enero 2021.
Los sábados las placas impares no circulan. Los domingos las pares no circulan. Horario se amplia hasta 9pm. Las playas permanecen abiertas hasta las 6pm. |
Restricción vehicular a partir del 31 diciembre 2020.
De 7 pm a 5 am no circulan salvo lista de excepciones. Los días 1, 2 y 3 de enero no circulan de 8 pm a 5 am. Del 4 al 31 de enero no se puede circular de 10 pm a 5 am días entre semana. Los fines de semana no circulan durante el horario de 9 pm a 5am. Los sábados las placas impares no circulan. Los domingos las pares no circulan. Las playas cierran a las 2.30 pm. |
A partir de octubre se suspende la restricción vehicular diurna los fines de semana y el horario de circulación se extiende hasta las 9 pm. Restricción vehicular fines de semana es suspendida. |
Restricción vehicular sanitaria unificada para todo el país a partir de setiembre 2020.
Aplica igual para todos los cantones en alerta amarilla o naranja. No pueden circular vehículos de acuerdo al número de placa. Horario restringido de 5 am hasta las hasta 10 pm entre semana y hasta las 8 pm fines de semana. |
La multa por restricción vehicular sanitaria aumenta a 107 mil colones a partir del 3 de abril. Anteriormente la multa era de de 22 mil colones a partir del 24 marzo 2020. |
La restricción aplica tanto para autos y para motos. |
Se debe mantener una distancia entre burbujas sociales de al menos 1.8 m diferentes familias o grupos. |
Restricción vehicular nocturna por cantones y distritos de las 5pm a 5am. A partir del 3 de junio 2020.
Rige en los cantones de La Cruz, Guatuso, Upala, Los Chiles y Río Cuarto, y en 11 distritos de San Carlos, Guácimo, Pococí, Sarapiquí y Siquirres. Rige en distritos de Aguas Zarcas, Cutris, Pital y Pocosol (San Carlos), Duacarí (Guácimo), Colorado y La Colonia (Pococí), Llanuras del Gaspar y Curuña (Sarapiquí), Pacuarito y Reventazón (Siquirres). Se restringe la navegación en ríos : Medio Queso, Río Frío, Colorado, Sarapiquí y Canales de Tortuguero, con excepción de las actividades productivas y pesqueras con la debida comprobación para las autoridades competentes. Los fines de semana en alerte naranja, circula un día solo para abastecimiento de alimentos y medicinas. |
Multas e Infracciones de Tránsito. |
A partir del 16 al 31 de mayo la restricción sanitaria nocturna cambia de 10 pm hasta las 5 am de Lunes a Viernes. Playas de 5 am a 8 am entre semana. Los parques nacionales al 50% (con reservación previa). Actividades fisucas recreativas sin contacto físico directo. Deportes de contacto de alto rendimiento sin espectadores, como partidos a puerta cerrada. Retiro de comida en comercio. Hoteles y moteles máximo 20 habitaciones al 50%.
Del 1 al 20 de junio. Parque públicos al 50% para transitar. Restaurantes al 50%. Museos al 50% (compra previa). Resto de hoteles al 50%. Del 21 de junio al 22 de julio. Tiendas al 50%. Polideportivos al 50% (actividades sin contacto fisico). Lugares de culto máximo 75 personas (distancia social 1.8m). Bares, Cines, teatros y museos al 50% (compra previa). Del 12 de julio al 1 de agosto. Reuniones mayores cultos máximo 100 personas. Clases de forma progresiva de acuerdo a protocolo especial, junto con la educación a distacias. Playas se abren. Suspendidas concentraciones masivas y espectáculos públicos. Salas de eventos. Casinos. Turnos y Ferias comunales. Uso de mascarillas es recomendada para las personas que atienden al público y en reuniones presenciales por más de 15 minutos. |
A partir del 13 de abril vuelve la restricción sanitaria nocturna de 7 pm hasta las 5 am. |
La multa es de 107.769 colones, por irrespetar la restricción vehicular sanitaria. Rige a partir del 2 de abril. |
Medidas de migración para prevenir el COVID-19. Los extranjeros residentes que salgan del país pierden automáticamente su estatus migratorio de residencia. No pueden volver a entrar al país mientras las fronteras estén cerradas. Rige a partir del 24 marzo 2020.
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Otras restricciones sanitarias. Se cierra el acceso a las playas, bares, iglesias, templos y cultos religiosos. Se cancelan cines, teatros, conciertos, espectáculos y eventos masivos de cualquier tipo. Solo permanecen abiertos al cliente supermercados, abastecedores y farmacias. Otros negocios que abran e irrespeten estas medidas se exponen a las multas sanitarias.
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No se permite ningún local abierto con atención al cliente. Solo servicios express y ventas a domicilio. Restaurantes solo venta de comidas express.
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Multas sanitarias : 450 mil por irrespeto a ordenes de aislamiento sanitario (1 salario base), 1 millón 350 mil (3 salarios) si es sospechoso y no hace caso de las medidas, 2 millones 300 mil (5 salarios) si son diagnosticados y desobedecen las medidas de salud. Aprobado por los diputados y rigen a partir del 6 de abril. |
800-000 IMAS es el teléfono para solicitar ayuda social.
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Transporte de mercancia o carga, taxi o traslado de trabajadores si estan autorizados a transitar. Trabajadores acreditados deben demostrar su condición mediante algún documento. |
Restricción limitada en semana santa los vehículos cuyas placas terminen en :
Solo pueden circular durante los días antes de semana santa de acuerdo a su placa.
Sábado 4 de abril : impares (1, 3, 5, 7, 9) Domingo 5 de abril : pares (0, 2, 4, 6, 8) Lunes 6 de abril : impares (1, 3, 5, 7, 9) Martes 7 de abril : pares (0, 2, 4, 6, 8) Miércoles 8 de abril : 1 y 0 Jueves 9 de abril : 2 y 3 Viernes 10 de abril : 4 y 5 Sábado 11 de abril : 6 y 7 Domingo 12 de abril. 8 y 9 Horario de restricción diurna de 5 am a 5 pm. Horario de restricción nocturna de 5 pm a 5 am desde el 3 de abril. Tránsito Limitado solo pueden circular para compra de alimentos y medicinas. Antes de semana santa el horario era hasta las 10 pm, y los sábados y domingos a partir de las 8pm. Teléfono de Consultas : 2523 3300/ 2523 2000 |
Restricción vehicular sanitaria inicia a partir del 17 de abril 2020. |
Bono Proteger IMAS Ayuda Social del Gobierno. Ministerio de Trabajo. Emergencia del Coronavirus Covid-19. |
FCL Fondo de Capitalización Laboral. Retiro de fondos de pensiones a los trabajadores por COVID-19 Emergencia por el Coronavirus |
Restricción Vehicular |
Restricción Vehicular COVID-19 Sitio de la Presidencia. Medidas de Salud del Gobierno de Costa Rica. |
CCSS tiene una capacidad de 5400 camas en hospitales públicos a marzo del 2020. |
La restricción vehicular se suspende totalmente del 3 al 7 de febrero 2022 por motivo de las elecciones y por órdenes del TSE. El horario de restriccion es hasta 12 pm desde el 24 enero. Del 11 al 23 enero 2022 la restriccion aplica hasta las 10 pm. |
Placas - Consulta y Trámites de Placas en COSEVI, MOPT, Marchamos
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Consulta por placa Buscar Autos y Motos por el número de placa
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Marchamo - Consulta el monto a pagar por el permiso de circulación y seguro obligatorio automotor para vehículos y motocicletas.
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Multas e Infracciones en COSEVI, MOPT.
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Licencias de Conducir. Trámites y Consultas
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Tránsito - MOPT, Red Vial Nacional, Estado de las Carreteras
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Revisión Técnica - Citas y requisitos para inspección vehicular
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Vehículos en Costa Rica Registro de Vehículos
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