Propaganda y Publicidad Electoral |
Propaganda y Publicidad Electoral- Elecciones en Chile |
Propaganda y Publicidad Electoral
- Servicio Electoral SERVEL Elecciones en Chile
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La propaganda electoral, es la publicidad dirigida a los electores para inducir a emitir su voto por determinado candidato(s) seg煤n se define en el art铆culo 30 de la Ley # 18.700. |
El plazo para realizar propaganda o publicidad electoral, inicia el trig茅simo y termina el tercer d铆a antes a la elecci贸n. |
La propaganda electoral permitida en campa帽a debe estar dentro del plazo oficial y incluir :
Volantes, elementos m贸viles, avisos luminosos o proyectados. Mensajes en medios de prensa y radioemisoras. Pintura, carteles y afiches en los muros exteriores y cierros, privados, con la debida autorizaci贸n del propietario. Mensajes enviados con altoparlantes fijos o m贸viles, para la transmisi贸n de discursos en las concentraciones p煤blicas. |
La propaganda electoral prohibida, es toda aquella realizada con pintura, carteles y afiches adheridos en los muros exteriores y cierros, p煤blicos o privados, sin la correspondiente autorizaci贸n del propietario, poseedor o mero tenedor. - La propaganda que se encuentre en componentes y equipamiento urbanos, como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, esca帽os, sem谩foros y quioscos. - La propaganda que se en elementos que cuelguen sobre la calzada o que unidos de cualquier forma al tendido el茅ctrico, telef贸nico, de televisi贸n o cableados similares. - La publicidad en cinemat贸grafos y salas de exhibici贸n de videos o en cualquier lugar o forma mediante altoparlantes fijos o m贸viles. La 煤nica excepci贸n es la transmisi贸n de los discursos en las concentraciones p煤blicas. |
Los Carabineros de Chile est谩n encargados de la fiscalizaci贸n y cumplimiento de la propaganda propaganda o publicidad electoral, excepto la prensa, radio y televisi贸n. Puede proceder de oficio, o sea, por iniciativa propia, o a petici贸n de cualquier persona, para retirar o suprimir la propaganda electoral en contra de la ley, y dar cuenta al juez de polic铆a local correspondiente. |
Las municipalidades tambi茅n deben proceder, de oficio o a petici贸n de cualquiera, a retirar u ordenar el retiro de toda la propaganda o publicidad electoral en contra de lo indicado en la ley. |
Las denuncias por infracciones en propaganda o publicidad electoral puede realizarse por cualquier persona ante el juez de polic铆a local de la comuna donde se comete la infracci贸n, y siempre que 茅ste sea abogado. De lo contrario, se debe denunciar ante el juez de polic铆a local abogado de la comuna m谩s cercana. El Servicio Electoral no es el 贸rgano encargado de resolver estas situaciones. [an error occurred while processing this directive] |
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