Aduanas | ||||||
Aduanas de Cuba | ||||||
Cuba - REGISTRO CENTRAL DE ADUANAS | ||||||
Navieras - Requisitos para La Inscripcion La autorización a las Navieras para realizar actividades en Cuba por el Ministerio del Transporte.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
Planilla de Solicitud de Inscripción en el Registro Central de Aduanas debidamente llena. Fotocopia del documento emitido por el MITRANS que le autoriza a realizar la actividad en Cuba Copia de la Inscripción en el Registro de Contribuyentes de la ONAT (NIT) Sellos de Timbre por valor de setenta (70.00) usd. | ||||||
Agencias de Servicios de Transitarios :
La autorización para realizar actividades de Transitarios es emitida por el Ministerio del Transporte a través de Resolución.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Importadores y Exportadores Comerciales
La autorización para realizar actividades de importación y/o exportación de mercancías con fines comerciales es emitida por el Ministro del Comercio Exterior a través de Resolución. Las entidades autorizadas deberán inscribir en el Registro Nacional de Importadores y Exportadores de la Cámara de Comercio de la República de Cuba esta autorización en el plazo establecido.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Representaciones de bancos y de instituciones financieras no bancarias extranjeras
La autorización para realizar estas actividades es emitida por el Banco Central de Cuba.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Sucursales de Sociedades Mercantiles
Extranjeras y sus Agentes
La autorización para realizar estas actividades es emitida por el Ministro del Comercio Exterior a través de Resolución. Las sucursales autorizadas deberán inscribir en el Registro Nacional de Sucursales de Sociedades Mercantiles Extranjeras y sus Agentes de la Cámara de Comercio de la República de Cuba esta autorización en el plazo establecido.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Depositantes (Personas autorizadas al disfrute del régimen de depósitos de aduanas)
El disfrute de este régimen es autorizado por el Jefe de la Aduana General de la República por lo que el mismo se inscribe de oficio en el Registro Central de Aduanas de oficio a partir del pago de los impuestos establecidos en la Ley Tributaria. Para ello el interesado, una vez que tenga en su poder la copia certificada de la Resolución que lo autoriza a disfrutar del régimen, deberá presentar en el Registro Central de Aduanas Sellos de Timbre por valor de $70.00 (setenta) pesos en moneda libremente convertible a fin de recibir el correspondiente Certificado de Inscripción.
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Operadores de Zona Franca
La autorización para realizar estas actividades es emitida por el Ministro para la Inversión Extranjera y la Colaboracióna través de Resolución. Los operadores deberán inscribir en el Registro Nacional de Operadores de Zona Franca esta autorización en el plazo establecido.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Agencias de Viajes : La autorización para realizar estas actividades es emitida por el Ministro del Turismo y las agencias autorizadas deberán inscribir en el Registro Nacional de Agencias de Viajes de la Cámara de Comercio de la República de Cuba esta autorización en el plazo establecido.
Para su inscripción ante el Registro Central de Aduanas, estas personas deberán presentar:
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Agencias de Aduanas : Las agencias de aduanas son autorizadas por el Jefe de la Aduana General de la República mediante Resolución y deberán inscritas en el Registro Central de Aduanas dentro del plazo establecido en la misma. Para ello el interesado, una vez que tenga en su poder la copia certificada de la Resolución que autoriza la agencia de aduanas, deberá presentar en el Registro Central de Aduanas:
Planilla de Solicitud de Inscripción en el Registro Central de Aduanas debidamente llena. Fotocopia de la Tarjeta de Identificación del Contribuyente o del modelo RC-01 de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). Solicitud de los Agentes que empleará. Sellos de Timbre por valor de setenta (70.00) pesos convertibles. Agencias de Mensajeria, Agencias de Envios y Consignatarios de Buques :
| Planilla de Solicitud de Inscripción en el Registro Central de Aduanas debidamente llena. Copia del documento del organismo facultado autorizandole el ejercicio de la actividad. Fotocopia de la Tarjeta de Identificación del Contribuyente o del modelo RC-01 de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). Sellos de Timbre por valor de setenta (70.00) pesos convertibles. Agentes y Apoderados :
La acreditación de Agentes y Apoderados deberá ser solicitada por el Director o Gerente de la Agencia de Aduanas o de la Entidad importadora/exportadora que lo empleará. |
Los requisitos para actuar como Agentes o Apoderados son: Carta de Solicitud firmada por el Director. Relación de las personas a acreditar como agentes o apoderados con nombre y dos apellidos; dirección particular; y No. de carné de identidad. Dos fotos tipo carnet ( 1x1 ) iguales y actuales de cada uno. Fotocopia del Certificado emitido por la Escuela Nacional de Formación Aduanera a cada uno. Deberá presentarse el original para su confrontación. Registro de Bienes Culturales
| Agencia Cubana del ISBN - Libros
| Cuba Teléfonos
| Cuba Literaria
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Registro Nacional Cuba - Para buscar datos y más información adicional en registros públicos.
Conoce cómo buscar datos de personas en Cuba. Guía para encontrar información de personas cubanas por nombre, apellidos y otros documentos de identificación. |