Disposiciones Transitorias

Disposiciones Transitorias

-
Disposiciones Transitorias -
Titulo XIV : Disposiciones Transitorias - Período presidencial , Elecciones presidenciales
TITULO XIV

Disposiciones Transitorias

Artículo 121. - El período presidencial que se inicia el 16 de agosto de 1994 concluirá, por excepción, el 16 de agosto de 1996.
Artículo 122. - Las próximas elecciones presidenciales serán celebradas el 16 de mayo de 1996 y el Presidente y el Vicepresidente de la República electos asumirán sus funciones el 16 de agosto de 1996. Las próximas elecciones congresionales y municipales tendrán lugar el 16 de mayo del 1998 y los funcionarios que resulten electos asumirán cargos el 16 de agosto de 1998.
Constitucion Constitucion de la Republica Dominicana

Republica Dominicana Disposiciones Transitorias 2026


La Constitución, no puede ser inconstitucional El Nuevo Diario (República Dominicana)
TC rechaza acción de amparo de Aquiles Jiménez y ratifica resolución sobre reelección Diario Eco
El derecho transitorio en las constituciones Acento
Sin la participación de la oposición quedó presentada la nueva Constitución en lectura íntegra Noticias Telemicro
Vehículos en Republica Dominicana Registro de Vehículos en Republica Dominicana
🇩🇴 Registro Nacional República Dominicana Vehiculos - Para buscar datos y más información adicional en registros públicos.