Provincias

Provincias

- Del Regimen de las Provincias - Gobernador
Provincias - Del Regimen de las Provincias - Gobernador
TITULO IX

Del Regimen de las Provincias

Artículo 86. - Habrá en cada provincia un Gobernador Civil, designado por el Poder Ejecutivo.

Párrafo. - Para ser Gobernador se requiere ser dominicano, mayor de veinticinco años de edad y estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.

Artículo 87. - La organización y régimen de las provincias, así como las atribuciones y deberes de los Gobernadores Civiles, serán determinados por la ley.
Constitucion Constitucion de la Republica Dominicana

Republica Dominicana Provincias 2025


República Dominicana eleva a once las provincias en alerta ante efectos del huracán Erin MSN
COE declara alerta verde en 8 provincias por efectos del paso del huracán Erín El Nacional — La voz de todos
Continuarán lluvias provincias del litoral costero dominicano AlMomento.net
República Dominicana declara en alerta 8 provincias por las lluvias del huracán Erin XEVA
Gobierno - Ministerios - Ministros - Institutos - Gobierno
🇩🇴 Registro Nacional República Dominicana Gobierno - Para buscar datos y más información adicional en registros públicos.