Empresa Nacional de Energía Eléctrica es quien establece normas especiales en las servidumbres de energía eléctrica que atraviesan las propiedades públicas o privadas.
La Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda es quien define las áreas que por interés público son identificadas como servidumbres viales de las vías públicas existentes o de las proyectadas a futuro.
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La Comisión Permanente de Contingencias COPECO es quien define mediante estudios, zonas de riesgo con las que se restringe el uso o emisión de títulos de propiedad.
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Ley de Ordenamiento es la que define en forma explícita las instituciones que por fines económicos, sociales, culturales, antropológicos o ambientales definen áreas de régimen especial. El objetivo final de RENOT es reflejar ante el ciudadano de manera transparente las afectaciones o atribuciones normativas que tiene un inmueble, para asegurar que éste conoce las condiciones que implica una transacción sobre ésta. También RENOT refleja de manera integral el marco regulatorio en materia de ordenamiento territorial para promover su vinculación con los procesos transaccionales de las instituciones que ejecutan recursos y políticas en materia territorial.
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El ciclo de gestión de RENOT es similar al de SINIT: recibe información en base a solicitud, por oficio a partir de una ley e información disponible. Una vez registrada la normativa y pasado los controles de calidad, se versiona y se realiza la notificación para afectación de las parcelas de SURE.
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