Defensa Nacional

Defensa Nacional

Defensa Nacional en Nicaragua

- Ejército Deber y Derecho
Defensa Nacional El Pueblo tiene derecho de defensa y justicia. El Ejército Popular Sandinista debe defender a los nicaragüenses, su justicia y la paz nacional. El Estado y los cuerpos de seguridad. La Revolución.Soberanía, independencia y conquistas revolucionarias. Lucha contra actividades delictivas y antisociales. - Título 5 Constitución de Nicaragua.
Título V:

DEFENSA NACIONAL

Capítulo UNICO
Artículo 92 - Es deber y derecho de todos los nicaragüenses luchar por la defensa de la vida, de la patria, de la justicia y de la paz para el desarrollo integral de la nación.
Artículo 93 - El pueblo nicaragüense tiene derecho de armarse para defender su soberanía, su independencia y sus conquistas revolucionarias. Es deber del Estado dirigir, organizar y armar al pueblo para garantizar este derecho.
Artículo 94 - La defensa de la Patria y la Revolución descansa en la movilización y participación organizada de todo el pueblo en la lucha contra sus agresores. El Estado promoverá la incorporación masiva del pueblo a las distintas modalidades y tareas de la defensa del país.
Artículo 95 - El Ejército Popular Sandinista tiene carácter nacional y debe guardar protección, respeto y obediencia a la presente Constitución Política. El Ejército Popular Sandinista es el brazo armado del pueblo y heredero directo del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional. El Estado prepara, organiza y dirige la participación popular en la defensa armada de la patria, por medio del Ejército Popular Sandinista. No pueden existir más cuerpos armados en el territorio nacional que los establecidos por la ley, la cual regulará las bases de la organización militar.
Artículo 96 - Los nicaragüenses tienen el deber de empuñar las armas, para defender la Patria y las conquistas del pueblo ante agresiones y amenazas de un país extranjero o de fuerzas dirigidas y apoyadas por cualquier país. Se establece el Servicio Militar Patriótico, de acuerdo con los términos de la ley.
Artículo 97 - La lucha contra las acciones promovidas desde el exterior para subvertir el orden revolucionario construido por el pueblo nicaragüense y el enfrentamiento a las actividades delictivas y antisociales, forman parte integral de la defensa de la Revolución. El Estado crea los cuerpos de seguridad y orden interior, cuyas funciones están determinadas por la ley.
Constitución de Nicaragua
Título 1 - Principios fundamentales
Título 2 - Sobre el Estado
Título 3 - La nacionalidad nicaragüense
Título 4 - Derechos, deberes y garantías del pueblo nicaragüense
Título 5 - Defensa nacional
Título 6 - Economía nacional, reforma agraria y finanzas públicas
Título 7 - Educación y cultura
Título 8 - De la organización del Estado
Título 9 - División política administrativa
Título X - Supremacía de la Constitución, su reforma y de las leyes constitucionales
Personas Registro de Personas en Nicaragua
Cedula de Identidad  -
Certificados de Nacimiento, Soltería, Matrimonio y Defunción en Nicaragua - Consulta, Trámites y Requisitos
Registro Civil
Registro de Personas en el Registro Civil
CSE Consejo Supremo Electoral  -
Lista de presos políticos liberados 2023  - - Listado con los nombres y apellidos de las 222 personas que se mantenían en las cárceles por motivos políticos y que fueron liberadas el 9 de febrero 2023.
Registro Nacional Nicaragua - Para buscar datos y más información adicional en registros públicos.

Nicaragua Defensa 2024


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