Capital
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| Sociedad Capital
- Registro Mercantil - Sociedades Capitales en Espa帽a
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| SOCIEDADES DE CAPITAL-RIESGO
Son sociedades an贸nimas dedicadas principalmente a financiar temporal y minoritariamente a las PYME, invirtiendo en ellas sus recursos propios. Aportan, adem谩s de esta financiaci贸n, un valor a帽adido, en forma de apoyo gerencial. Esta participaci贸n en las PYME no suele tener duraci贸n limitada y puede incrementar sus recursos mediante ampliaciones de capital. Los recursos de estas empresas, para el desarrollo de su actividad, proceden de una serie de inversores que ponen su dinero en manos de operadores especializados, que localizan e invierten en peque帽as y medianas empresas, y posteriormente desinvierten, obteniendo plusval铆a o reducci贸n seg煤n el caso. Se distingue entre: Sociedades de Capital-Riesgo, que se caracterizan por invertir sus propios recursos y por no tener en principio una duraci贸n limitada en el tiempo. Sociedad Gestora de Fondo de Capital-Riesgo (FCR). Estos no suelen contar con recursos propios para invertir. Su papel se orienta hacia la captaci贸n de recursos de otros inversores que son integrados en el FCR y con una duraci贸n temporal. El Capital social m铆nimo para las Sociedades de Capital-Riesgo debe ser al menos de 1.202.024,20 euros, desembolsado el 50% en el momento de la constituci贸n y el resto en un plazo m谩ximo de tres a帽os. En el caso de los Fondos de Capital-Riesgo, el patrimonio m铆nimo debe ser de 275 millones de pesetas (1.652.783,30 euros).
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| LEGISLACI脫N
La legislaci贸n espec铆fica de las sociedades y fondos de capital-riesgo (SFCR) est谩 recogida en la Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las Entidades de Capital-Riesgo y de sus Entidades Gestoras.
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| TR脕MITES PARA CONSTITUIRLA
Registro Mercantil Central - Certificaci贸n negativa del nombre.
Ministerio de Econom铆a Direcci贸n General del Tesoro y Pol铆tica Financiera - Autorizaci贸n previa administrativa a propuesta de la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores.
Notario - Escritura p煤blica.
Consejer铆as de Hacienda de las CC.AA. - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur铆dicos Documentados.
Registro Mercantil - Inscripci贸n de la empresa.
Registros Especiales (Registro Administrativo de la Comisi贸n Nacional del Mercado de Valores) - Inscripci贸n de la empresa.
Agencia Tributaria - N煤mero de Identificaci贸n Fiscal. - Impuesto sobre Actividades Econ贸micas. - Declaraci贸n Censal.
Ayuntamiento - Licencia de obras. - Impuesto sobre Bienes Inmuebles. - Licencia de apertura.
Tesorer铆a Territorial de la Seguridad Social - Alta en el r茅gimen correspondiente de los administradores. - Inscripci贸n de la empresa especificando si se opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por una Mutua para la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. - Afiliaci贸n y alta de los trabajadores en el R茅gimen General de la Seguridad Social.
Consejer铆as de Trabajo de las CC.AA. - Comunicaci贸n de apertura del centro de trabajo.
Inspecci贸n Provincial de Trabajo - Obtenci贸n y legalizaci贸n del Libro de Visitas. - Obtenci贸n del calendario laboral.
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