Artículo 19. Los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos individuales y sociales que los costarricenses, con las excepciones y limitaciones que
esta Constitución y las leyes establecen.
No pueden intervenir en los asuntos a políticos del país y están sometidos a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia y de las autoridades de la República sin que puedan ocurrir a la vía diplomática salvo lo que dispongan los convenios internacionales.
“Queremos llevar a Bitcoin a la Constitución de Costa Rica”: Miss Crypto Lawyer CriptoNoticias
Ministra de Educación explica a estudiantes la historia de la Constitución Política de Costa Rica Ministerio de Educación Pública
Sala Constitucional exige informe al gobierno de Rodrigo Chaves sobre alianza de seguridad entre Costa Rica y Estados Unidos Infobae
¿Necesita Costa Rica dos vicepresidentes? Esto dicen dos expertos y así han evolucionado sus funciones nacion.com
✨ Neodatos 🇨🇷 Consulta el reporte de información más completo de Costa Rica.
Bases de datos con información actualizada de personas y empresas.
Servicios especializados para talento humano, abogados, contadores y bienes raíces.
Reportes en línea para conocer mejor a sus clientes, colaboradores y proveedores.