El Documento Nacional de Identidad o DNI es el único instrumento de identificación personal oficial en Argentina.
El DNI es otorgado en la Argentina por el Registro Nacional de las Personas - RENAPER.
El DNI fue creado y reglamentado desde 1968 mediante la ley Nº 17.671, de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional.
De acuerdo a la ley el DNI o no puede ser suplido por ningún otro documento a efectos legales y
es obligatorio para ejercer el derecho al voto y para la identificación ante la autoridad judicial.
Anteriormente se utilizaba para la identificacion las antiguas Libretas de Enrolamiento que se expedían
para los hombres al cumplir el servicio militar obligatorio y las Libretas Cívicas que daban a las mujeres cuando llegaban a la mayoría de edad.
Actualmente el DNI es una una libreta (tamaño DIN B7) de tapa semidura color verde oscuro con varias hojas encuadernadas. El DNI el original, entregado al labrar el acta de nacimiento, y se actualiza a los 8 años de edad con la foto del niño, y se renueva a los 16.
La primera página del DNI contiene el nombre, apellidos, sexo, fecha y lugar de nacimiento,
la fotografía y la impresión del dígito pulgar derecho. Las páginas están perforadas con el número de documento
para evitar falsificaciones y contienen el domicilio y cambios posteriores,
datos de estado civil, antecedentes militares y los datos elementales de salud,
asi como la voluntad de donar o no órganos. En el DNI tambien se indica la
constancia de emisión del voto en diferentes elecciones y plebiscitos.
El color del DNI es verde oscuro para los ciudadanos argentinos,
sin embargo para los extranjeros radicados en el país es de tinte bordó.
El Código Único de Identificación Tributaria (CUIT) es
una identificación para propósitos fiscales, que ha sido basado en el DNI.
El Código Único de Identificación Laboral (CUIL),
es el mismo número que le correspondería a un trabajador si sacara su CUIT.
Aunque es obligatorio poseer un DNI válido, no se requiere su presentación a requerimiento de las autoridades, salvo para la realización de trámites o el cruce de fronteras. La obligación legal de identificarse ante la policía puede ser satisfecha con cualquier otro documento que acredite nombre, apellido, y número de DNI.
El número de DNI en teoría no debería repetirse pero se han dado casos en que ha ocurrido;
incluso alguna vez ha coincidido el número y el nombre completo.
En el padrón electoral se han encontrado ciertos "huecos" con
rangos de números que aparentemente no han sido asignados y
se encontraron identidades repetidas en el padrón, y personas fallecidas.
| Cédula de Identidad Argentina
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La cédula de identidad argentina es un documento otorgado por la Policía Federal Argentina
solamente a quienes no tienen antecedentes penales.
Este documento se utilizado frecuentemente para los mismos propósitos que el DNI,
a excepción de votar.
El número y los datos de la cedula debe ser identicos a los que se registran en el Documento Nacional de Identidad. Para realizar el trámite de obtención de la cédula es obligatorio presentar el DNI.
Con los tratados actuales los argentinos pueden viajar a cualquier país del Mercosur (Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y pronto Venezuela) y a Chile con solo presentar su DNI o su Cédula de identidad. Sin tener que mostrar un pasaporte.
47
Millones de DNI emitió el Estado a argentinos nativos o naturalizados y a extranjeros residentes.
3,2
Millones de pasaportes emitió la Policía Federal desde 1996, y se encuentran vigentes
14
Millones de cédulas se utilizan hoy en todo el país.
Segun datos de LaNacion.Com
Documento de identidad en Paises de America y Europa
| DNI - Documento Nacional de Identidad
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¿Qué información contiene el D.N.I.?
El DNI contiene el nombre y apellido completo de la persona, número de matrícula, domicilio registrado y los sucesivos cambios,
fecha y lugar de nacimiento y constancias de votación.
Cambio de Domicilio -
Para realizar un cambio de domicilio debe presentar su Documento Nacional de Identidad y una certificacion que acredite su domicilio.
Puede ser un comprobante de servicios publicos a su nombre
(boleta de luz, gas, teléfono, resumen o estado de cuenta de banco o tarjeta de crédito, impuesto inmobiliario).
o sino un certificado de domicilio expedido por la autoridad policial de la zona. -
Este trámite debe realizarze en una dependencia habilitada y tiene una tasa arancelaria de $.8,00.
El cambio de domicilio será asentado en su Documento Nacional de Identidad
con notificación a la Cámara Nacional Electoral para su incorporación al Padrón Electoral.
Recien Nacidos:
Se tramitan en el Registro Civil o Centro de Gestión y Participación mas cercano al domicilio de los padres.
Tambien puede realizarse en el mismo Hospital o unidad Sanatorial donde se produce el nacimiento.
- Para obtener la Partida de Nacimiento
es necesario presentar Certificado de profesional médico habilitado del Sanatorio o Unidad Hospitalaria.
El plazo de inscripción de nacimiento es de 40 días a partir del nacimiento.
Despues de este plazo, se debe efectuar el trámite de inscripción tardía de nacimiento
(a partir del día 41 y hasta los 6 años de la fecha nacimiento).
D.N.I. Original para Ciudadanos -
El D.N.I. Original es la primera identificación oficial que el ciudadano tiene para toda la vida.
Si la persona ya tiene una Libreta de Enrolamiento (L.E. para hombres) o
Libreta Cívica (L.C. para mujeres), realiza un canje donde recibe un D.N.I. Original que conserva el mismo número de sus respectivas libretas.
El D.N.I. tambien es Original, en casos de adopción, opción de nacionalidad argentina o naturalización. -
Este trámite se realiza tiene una la tasa arancelaria de $.15,00 y se realiza en las dependencias habilitadas.
Canje de Libreta de Enrolamiento o Cívica por D.N.I. -
Debe presentarse la libreta y dos fotos actualizadas, de 4 cm de alto por 4 cm de ancho, 1 1/2 perfil derecho con fondo celeste.
Si el domicilio real fuera diferente al asentado en el documento objeto del canje, deben aportarse ademas los requisitos de cambio de Domicilio .
Este trámite tiene una tasa adicional de $.8,00.- En el caso de adopciones si el ciudadano es menor de 5/8 años, debe presentarse un testimonio de la Sentencia Judicial; Partida de Nacimiento primaria y nueva partida de nacimiento con sentencia inscripta.
Si la adopción tuviera lugar a partir de los 5/8 años se debe aportar tambien dos fotos actualizadas, de 4 cm de alto por 4 cm de ancho, 1 1/2 perfil derecho con fondo celeste.
¿Quienes pueden inscribir un nacimiento? -
En el caso de padres casados, puede inscribir el nacimiento cualquiera de los cónyuges, debiendo presentar DNI, LC o LE; Libreta o Partida de Matrimonio y Certificado Médico de Nacimiento.
Si los padres son no casados, deben inscribir el nacimiento ambos padres, presentando DNI, LC o LE y Certificado Médico de Nacimiento.
Ver Direcciones de Registros Civiles
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