Artículo 19. Los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos individuales y sociales que los costarricenses, con las excepciones y limitaciones que
esta Constitución y las leyes establecen.
No pueden intervenir en los asuntos a políticos del país y están sometidos a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia y de las autoridades de la República sin que puedan ocurrir a la vía diplomática salvo lo que dispongan los convenios internacionales.
Tribunal constitucional ordena al Gobierno de Costa Rica liberar a los migrantes asiáticos deportados por Trump Telemundo
Tribunal Electoral de Costa Rica pide retirar la inmunidad al presidente Chaves Diario Las Américas
El Constitucional de Costa Rica frena la polémica subasta de radios y TV ordenada por Chaves EL PAÍS
El presidente de Costa Rica firma una ley para la extradición costarricenses por narcotráfico EFE - Agencia de noticias
Neo Datos Consulta el reporte completo con todos los datos de personas y empresas en Costa Rica.
Bases de datos actualizadas con servicios de consultas en línea.
Sistemas de información automatizados a su medida.
Chats y sistemas con inteligencia artificial (IA).